UGT-FICA firma el preacuerdo para el convenio de construcción de Navarra
Fecha: 30 Nov 2022
La Federación de Industria, Construcción y Agro (FICA) de UGT de Navarra, junto con CCOO y la patronal del sector, ha suscrito hoy el preacuerdo para el Convenio de la Construcción en la Comunidad Foral. El preacuerdo, con una vigencia para tres años (de 2022 a 2024), contempla una subida salarial del 8,75% en dicho periodo.
En este sentido, UGT-FICA, que cuenta con el 48% de representación en el sector, exige que el abono de los atrasos salariales correspondientes a este año se pague sin esperar a la publicación del Convenio en el Boletín Oficial de Navarra.
En concreto, el Convenio de la Construcción afecta en Navarra a 21.820 personas trabajadoras en este sector, según los datos de la EPA del segundo trimestre de 2022. Estos trabajadores verán incrementados sus salarios este año en un 3% (más un 1% adicional que se aportará a un Plan de Pensiones Colectivo que deberá crearse en un año), en otro un 3% en 2023 y en otro 2,75% en 2024.
Además, el preacuerdo incluye una cláusula de revisión salarial que establece que si el IPC sube más de un 10% (y con un máximo del 13%), con fecha 1 de enero de 2025 se incrementarán las tablas salariales con el 50% de la diferencia entre las subidas fijadas en el Convenio y el incremento del IPC acumulado. La otra mitad de dicha diferencia irá como aportación al plan de pensiones de las personas trabajadoras en alta en la empresa a dicha fecha de 1 de enero de 2025.
La inclusión de un Plan de Pensiones Colectivo para las personas trabajadoras de la Construcción es una reivindicación largamente demandada por UGT-FICA y que ahora se recogerá en el Convenio sectorial, permitiendo que los trabajadores de la Construcción puedan complementar con ello sus pensiones en el momento de la jubilación. Para la Federación de Industria, Construcción y Agro de Navarra, este Plan de Pensiones Colectivo es una fórmula más de actualización salarial que deberá ser negociada y regulada en los próximos años entre los representantes de los trabajadores y la patronal.
Por otro lado, en coherencia con la Reforma Laboral, el preacuerdo recoge el contrato indefinido adscrito a obra, establece en un año el límite de la duración del contrato temporal por circunstancias de la producción y fija una indemnización del 7% sobre todos los conceptos salariales al concluir dicho contrato.
Asimismo, se regula la duración del periodo de inactividad del contrato fijo discontinuo de contratas y subcontratas, y se fija la posibilidad de percibir una cuantía adicional si el contrato finaliza con acuerdo de las partes sin llamamiento. Se crea además una bolsa de empleo sectorial para facilitar la reincorporación de los trabajadores al mercado laboral.