Ya puedes solicitar la ayuda de 200 euros para personas con bajo nivel de ingresos
Fecha: 16 Feb 2023
Ya se ha abierto el plazo para solicitar de forma telemática la ayuda de 200 euros aprobada por el Gobierno central para contribuyentes con rentas inferiores a 27.000 euros y un patrimonio de menos de 75.000 euros.
Los solicitantes con domicilio fiscal en Navarra que quieran acceder a la ayuda deben rellenar el formulario que la Hacienda Foral ha habilitado en su web (https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/ayuda-de-200-euros-para-personas-con-bajo-nivel-de-ingresos-y-patrimonio). La ayuda, de pago único, se podrá solicitar hasta el 31 de marzo.
REQUISITOS PARA PODER ACCEDER A LA AYUDA DE 200 EUROS
- Haber tenido la residencia habitual en Navarra en el año 2022, es decir, haber residido más de la mitad del año en Navarra.
- Haber realizado, durante el ejercicio 2022, una actividad por cuenta propia o ajena por la cual se haya estado dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. También se puede haber sido beneficiario de la prestación o el subsidio del desempleo.
- Los ingresos íntegros en 2022 deben ser inferiores a 27.000 euros. El patrimonio, descontando la vivienda habitual, debe ser inferior a 75.000 euros a fecha 31 de diciembre de 2022.
- Para el cómputo de ingresos y de patrimonios, se tendrán en cuenta de manera conjunta los ingresos y patrimonio de la persona solicitante, su cónyuge o pareja estable, descendientes, ascendientes hasta segundo grado por línea directa (padre, madre, abuelo, abuela) que convivan en el mismo domicilio.
QUIÉNES NO PUEDEN BENEFICIARSE DEL CHEQUE DE 200 EUROS
No tendrán derecho a la ayuda quienes percibían a 31 de diciembre de 2022:
- El Ingreso Mínimo Vital.
- Pensión de la Seguridad Social (régimen general o especial), de clases pasivas o de una mutualidad, siempre que se trate de prestaciones por situaciones idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social.
- Durante 2022 fuesen administradores o administradoras de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022 o fuesen titulares de acciones o participaciones de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados. Tampoco podrán percibir la ayuda quienes no cumplan esta circunstancia, pero sí lo hagan las personas que hayan debido tener en cuenta para el cómputo de los ingresos y patrimonio.
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