Todo lo que debes saber sobre la subida del SMI
Fecha: 02 Feb 2026
La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) ha suscrito el preacuerdo alcanzado con el Gobierno para fijar la nueva cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 en 1.221 euros mensuales en 14 pagas.
Este acuerdo es fruto de la acción sindical y del compromiso de UGT con la mejora de los salarios más bajos, y supone una subida de 37 euros al mes, lo que representa 518 euros más al año, situando el SMI en 17.094 euros anuales.
Este incremento consolida el proceso de mejora sostenida del salario mínimo en España y se inscribe en el objetivo de convergencia con los estándares europeos, donde los salarios mínimos se sitúan en el entorno de los 2.000 euros mensuales en países como Alemania, Bélgica, Países Bajos, Irlanda o Francia. Asimismo, avanza en la senda de cumplimiento del compromiso de alcanzar el 60 % del salario medio, tal y como establece la Carta Social Europea, según la interpretación realizada por el Comité Europeo de Derechos Sociales.
Esta actualización salarial supone un nuevo avance en la mejora del poder adquisitivo de quienes perciben los salarios más bajos y refuerza el papel del SMI como una herramienta esencial en la lucha contra la precariedad, la desigualdad salarial y la pobreza laboral.
Más de 2,5 millones de personas trabajadoras se verán beneficiadas por esta medida, con una presencia especialmente significativa de mujeres y personas jóvenes, colectivos que continúan concentrándose en los empleos más vulnerables y peor remunerados del mercado laboral.
UGT lamenta profundamente que la patronal haya decidido no suscribir una subida del 3,1 % del SMI Resulta incomprensible que se opongan a una mejora salarial dirigida precisamente a quienes perciben las retribuciones más bajas. Esta actitud pone de manifiesto una preocupante falta de compromiso con la cohesión social, con la mejora real de la calidad del empleo y con la construcción de un modelo productivo basado en salarios dignos, estabilidad laboral y respeto efectivo a los derechos de las personas trabajadoras.
¿Qué supone el acuerdo firmado entre el Gobierno y los sindicatos?
La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO) han alcanzado un acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Economía Social para subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 un 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas.
¿Desde cuándo puedo cobrar esta nueva subida del SMI?
Desde que se firme el acuerdo entre las partes y entre en vigor el Real Decreto que lo recoja y tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.
¿Me puedo beneficiar de la subida del SMI?
Sí. Todas las personas que perciban la cuantía del SMI o una inferior, deben ver actualizadas sus nóminas al menos a la nueva cuantía que será de 1.221 euros mensuales en 14 pagas.
¿Y si trabajo menos de 40 horas semanales o tengo un contrato a tiempo parcial?
Si tu trabajo es a tiempo parcial, tu retribución debe ser al menos el SMI en proporción a las horas trabajadas. Es decir, el salario mínimo que se recibe estará aminorado proporcionalmente a las horas de menos que se realicen respecto a la jornada máxima legal establecida.
¿Tienen la obligación todas las empresas de aplicar la subida del SMI?
Sí, una vez se firme y entre en vigor el Real Decreto que lo recoja, todas las empresas están obligadas a abonar a sus trabajadores y trabajadoras la nueva cuantía del SMI. Todas las empresas están obligadas a aplicar el SMI y a actualizarlo cuando corresponda.
¿Puede haber algún convenio por debajo del SMI?
No. Los salarios acordados en convenio colectivo no podrán, en ningún caso, ser inferiores en cómputo anual a la cantidad fijada en el SMI, se deberán actualizar las tablas en aquellos convenios que tengan salarios por debajo del SMI actual.
¿El SMI también afecta a las personas trabajadoras que no están cubiertas por convenio?
Sí. El Salario Mínimo Interprofesional fija la cuantía mínima que una persona trabajadora debe recibir con independencia del sector o empresa, esté protegida por convenio o no, tenga contrato indefinido o temporal, acercándonos al 60% del salario medio del país, tal y como indica la Carta Social Europea.
¿Es adecuada esta cifra?
Esta cifra responde a lo recomendado por la Comisión Asesora para el Análisis del Salario Mínimo Interprofesional y consolida una senda de dignificación salarial que España llevaba décadas necesitando.
¿Quién ha suscrito el acuerdo?
La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO) han firmado un acuerdo que no ha contado, una vez más, con el apoyo de las organizaciones empresariales.