Para tener acceso a estas ayudas extraordinarias se han establecido las siguientes CONDICIONES:
- Haber estado al menos 7 días en ERTE durante los meses de julio, agosto y septiembre.
- No superar una renta personal de 20.000 euros anuales o 40.000 euros en el caso de la unidad familiar.
Las ayudas establecidas son de las siguientes CUANTÍAS:
- 150 euros al mes, cuando la persona beneficiaria tenga un contrato laboral con una jornada superior o igual al 50% de una jornada laboral.
- 100 euros al mes, cuando la persona beneficiaria tenga un contrato laboral con una jornada inferior al 50% de una jornada laboral.
La cuantía máxima de la ayuda, en ningún caso superará los 450 euros.
La DOCUMENTACIÓN exigida es la siguiente:
- CONTRATO O CONTRATOS AFECTADOS POR ERTE, que deben pedirse en la empresa correspondiente.
Además, hay que obtener también los siguientes documentos:
- CL@VE DE IDENTIDAD ELECTRÓNICA PARA IDENTIFICARSE ANTE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Para obtener esta clave, sigue las instrucciones que te adjuntamos a continuación.
INSTRUCCIONES PARA LA OBTENCIÓN DE LA CL@VE DE IDENTIDAD ELECTRÓNICA
- INFORME DE VIDA LABORAL.
INSTRUCCIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL INFORME DE VIDA LABORAL
- INFORME DE BASES DE COTIZACIÓN.
INSTRUCCIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL INFORME DE BASES DE COTIZACIÓN
. SOLICITUD DE ABONO POR TRANSFERENCIA.
INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE ABONO POR TRANSFERENCIA
Quienes necesiten ayuda para realizar estos trámites, pueden pedir cita previa en:
Atención al ciudadano. Salud y SNS-Osasunbidea. Calle Tudela, 20. Tfnos: 848428800 y 848423541.
Bienestar Social. Calle González Tablas,7. Tfno: 848426901.