En opinión del sindicato, dicho criterio restrictivo es contrario al marco legal vigente que afecta al acceso a la jubilación anticipada a personas a las que correspondería disfrutar de las condiciones contempladas en la norma anterior a la reforma de 2013.
La UGT recuerda que este tipo de convenio especial es una herramienta que tienen aquellos trabajadores con circunstancias específicas (mayores de 55 años afectados por ERE, trabajadores que agotan su prestación o subsidio de desempleo, trabajadores que causan baja en el Régimen General y no se encuadran en ningún otro, etc.), para que puedan generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones de la Seguridad Social, como el de la pensión de jubilación, entre otras.
Este nuevo criterio está suponiendo que trabajadores que ya están pagando su convenio especial vean denegado el acceso a la jubilación anticipada a partir de los 61 años o a la jubilación a los 65 años, además de aplicárseles otras reglas para calcular la cuantía de su pensión.
Para la UGT, esta decisión es un nuevo paso del Gobierno en el desmantelamiento de los derechos de los trabajadores, que va a producir serios perjuicios a las personas afectadas, como el retraso en el acceso a la jubilación ordinaria con una reducción en las bases de cotización, la aplicación de coeficientes reductores más agresivos para la jubilación anticipada o la reducción de ingresos en las arcas de la Seguridad Social, entre otras cuestiones.
El sindicato considera que este criterio es ilegal, arbitrario, discriminatorio y anticonstitucional, ya que vulnera el principio de prohibición de la retroactividad de normas desfavorables contenido en el artículo 9.3 de la Carta Magna.
Por todo ello, la UGT se compromete a seguir trabajando para reponer los derechos arrebatados los trabajadores y trabajadoras afectados y les asesorará en sus reclamaciones ante el INSS por un criterio disparatado y sin sentido.