La UGT ha venido manteniendo que dicha clave 200 es un complemento de naturaleza salarial, por lo que debería haberse aplicado la misma subida que al resto de los conceptos salariales, al contrario del criterio mantenido por la empresa.
Ante esta situación, el pasado 10 de noviembre de 2016, el sindicato procedió a interponer conflicto colectivo en la Sala de Social de la Audiencia Nacional, celebrándose el juicio el 15 de diciembre y en cuyo acto se adhirieron el resto de organizaciones sindicales.
La Audiencia Nacional ha dictado el fallo, siendo éste favorable a los intereses de los trabajadores/as al reconocer “el derecho de todos los trabajadores afectos al Grupo Empresarial RENFE Operadora, y por las siguientes: RENFE Fabricación y Mantenimiento, S.A., RENFE Viajeros, S.A., RENFE Mercancías, S.A. y RENFE Alquiler de Material, S.A. a que se les aplique el incremento del 1% a los complementos personales a que se refiere la demanda e integrados en la clave 200, con efectos de 1 de enero de 2016 por aplicación de la Clausula 4ª del convenio colectivo de aplicación”. Con ello, la sentencia viene a dar la razón a las demandas de UGT de aplicar los incrementos salariales pactados a todos los conceptos retributivos, incluyendo los complementos personales.
La UGT considera que el hecho de aglutinar diferentes claves en la actual 200 ha facilitado la defensa de los intereses de los trabajadores en el conflicto, lo que lleva al sindicato a reafirmarse, una vez más, en el acierto que supuso la firma del Acuerdo de Desarrollo Profesional.
Con el fin de que la regularización se lleve a cabo lo antes posibles, la UGT ya ha solicitado a la empresa que proceda a aplicar la subida pactada a la clave 200, además de ingresar los atrasos correspondientes a los trabajadores afectados.